El Comité Provincial para la Prevención de la Tortura, conforme a lo establecido por la Ley 3213, tiene entre sus funciones la de “inspeccionar los lugares de detención o encierro, de manera periódica o extraordinaria, con o sin aviso previo”.
Como resultado de estas inspecciones y monitoreos, se elaboran informes que son presentados ante los distintos poderes del Estado.
Dichos informes incluyen una descripción detallada de las condiciones en las que se encuentran las personas privadas de su libertad, así como recomendaciones orientadas a garantizar el respeto de sus derechos.
A continuación, pueden descargar los informes elaborados.
El Comité Provincial para la Prevención de la Tortura de Neuquén realizó entre el 15 de febrero y el 17 de abril de 2024 un monitoreo integral y programado en la Unidad de Detención Nº 11 de Neuquén capital.
Compartimos acá un breve resumen técnico del informe, que se puede consultar de manera completa en el link de nuestra bio.
– Altos niveles de sobrepoblación de pabellones y celdas. La Unidad tiene un cupo para 233 personas, y actualmente hay 264.
– Condiciones de habitabilidad degradantes, con problemas de ventilación, de acceso a la luz natural y artificial. Solo el 40% de las celdas relevadas poseen vidrios o acrílicos y casi el 60% carecen de luz artificial o bien la misma es escasa.
– Elevada presencia de vectores infecciosos.
– Instalaciones eléctricas precarias que ponen en riesgo a los alojados exponiéndose a accidentes y posibles incendios.
– Baños destruidos: solo en el 30% de la grifería funciona de manera correcta y/o posee sanitarios en buenas condiciones.
– Acceso a la comida deficiente dada la mala calidad y las condiciones de insalubridad en la que llega. Más del 90% de las PPL indicaron que la comida no es entregada en buenas condiciones, y el 52,7% indicó haber pasado hambre durante su detención.
– Dificultades en el acceso general a la educación y a la salud.
– Vulneración del derecho al trabajo. Ninguna de las personas privadas de su libertad ejerce este derecho en las condiciones establecidas en la Ley 24.660
– Inexistencia de dispositivos que aborden la violencia de género.
– Gran cantidad de psicofármacos entregados a la población, con una falta de diagnóstico psiquiátrico y de seguimiento en la mayoría de los casos. Tampoco se trabaja en terapias para el tratamiento específico de adicciones.
Cabe destacar que se realizó un apartado específico con respecto al Pabellón 6B (que se utiliza como pabellón de “aislamiento” o “buzones”), dado que allí todas las condiciones se agravan e implican condiciones degradantes y humillantes que incumplen con todos los protocolos de Derechos Humanos de las personas en contexto de encierro.
A modo de síntesis de lo que se desarrollará en el informe, merece destacarse lo siguiente:
– Sobrepoblación de pabellones y celdas. La unidad tiene un cupo para 36 personas, y actualmente hay 41.
– Solo 3 celdas poseen acceso al agua corriente, una no tiene ni baño ni grifería, y aún así se encontraba inundada.
– Condiciones de habitabilidad degradantes, con problemas de ventilación, de acceso a la luz natural y artificial. De las 16 celdas relevadas solo 7 poseen ventanas, es decir el 43,75%; y sólo el 18,75% de las celdas relevadas poseen vidrios o acrílicos.
– Elevada presencia de vectores infecciosos. En todos los pabellones relevados se denunció y/u observó la presencia de cucarachas.
– Acceso a la comida deficiente dada la mala calidad y las condiciones de insalubridad en la que llega. De las 26 personas entrevistadas, solo 2 indicaron que la consumen todos los días; y que lo hacen porque no les queda otra opción para no pasar hambre.
– Dificultades en el acceso general a la educación y a la salud.
– Vulneración del derecho al trabajo. Ninguna de las personas privadas de su libertad ejerce este derecho en las condiciones establecidas en la Ley 24.660.
– Inexistencia de dispositivos que aborden la violencia de género.
– Excesiva burocracia para sacar turnos médicos y dificultad para conseguirlos.
El informe del monitoreo programado que llevó a cabo en la Unidad de Detención Nº 16 de Neuquén capital (U16) cuya población es exclusivamente mujeres y, en algunos casos, mujeres con sus hijos menores de cuatro años.
A modo de síntesis de lo que se desarrollará en el informe, merece destacarse lo siguiente:
– La calefacción no funciona correctamente y no funcionan los artefactos de las cocinas en su totalidad.
– El agua caliente no sale en todas las canillas.
– Hay faltantes de vidrios y/o acrílicos en ventanas.
– Los colchones se encuentran en mal estado.
– Los departamentos necesitan refacciones generales, especialmente en cañerías.
– Acceso a la comida deficiente dada la mala calidad y las condiciones de insalubridad en la que llega. Solo el 25% de las mujeres entrevistadas dijo consumir las viandas que les proveen, y el 36,7% de ellas ha pasado hambre en alguna ocasión.
– Las niñeces que habitan junto a sus madres no reciben una dieta elaborada por nutricionista diferente a la de las personas adultas con quienes conviven. No poseen una dieta diferenciada rica en frutas y verduras, lácteos, cereales, carnes y pescados, fundamentales para tener una nutrición y desarrollo adecuado.
– Dificultades en el acceso general a la educación y a la salud.
– Vulneración del derecho al trabajo. Ninguna de las personas privadas de su libertad ejerce este derecho en las condiciones establecidas en la Ley 24660.
El Comité para la Prevención de la Tortura realizó en los meses de julio y agosto del 2024 monitoreos programados en comisarías de la primera circunscripción de la provincia, más específicamente de Neuquén capital, Centenario, Plottier y Senillosa. El propósito de estas inspecciones fue evaluar aspectos específicos relacionados con las condiciones de habitabilidad de las personas privadas de su libertad que se encuentran alojadas en aquellos ámbitos usualmente identificados como detención de carácter provisorio. Los monitoreos se dividieron en dos momentos: en primer lugar se visitaron comisarías que cuentan con un sector específico de alcaidía (Comisarías 3°, 5°, 12°; 18°; 19°; 41°; 44°; y 46°), y posteriormente aquellas comisarías que, aún sin contar con un sector de alcaidía para alojar personas de manera permanente, mantienen detenidas a personas privadas de su libertad (Comisarías 1°, 2°, 7°, 11°, 17°). Se relevaron 13 comisarías, se entrevistó a sus respectivas autoridades, se recorrieron los sectores donde se encuentran alojadas las personas privadas de su libertad y se realizaron entrevistas grupales en pabellones, celdas, comedores o espacios comunes, según el caso.
Resultados:
El informe del monitoreo programado se llevó a cabo en la Unidad de Detención Nº 12 de Neuquén capital (U12) durante el mes de mayo del 2025.
Las condiciones denunciadas en el informe de monitoreo de 2024 persisten sin
modificaciones sustantivas al momento de esta inspección.
Algunas recomendaciones señaladas:
– Realizar de manera urgente obras de refacción estructural en los pabellones relevados, con prioridad en la reparación de instalaciones eléctricas, sanitarias y sistemas de ventilación, a fin de eliminar riesgos para la integridad física de las personas alojadas.
– Garantizar el acceso a agua caliente en sanitarios y cocinas, así como a duchas con resguardo de intimidad.
– Reponer mobiliario básico (bacha, grifería, heladera funcional) y asegurar condiciones adecuadas de conservación de alimentos y medicamentos.
– Entregar colchones en buen estado, limpios, en cantidad suficiente y con materiales ignífugos
– Instalar dispositivos de seguridad contra incendios: matafuegos en funcionamiento y
mangueras.
– Implementar acciones para reducir la cantidad de personas alojadas en celdas y pabellones para adecuar las condiciones de detención a los estándares
recomendados por los Estándares sobre condiciones materiales de lugares de privación libertad citados más arriba
– Proyectar e implementar obras de infraestructura para garantizar espacios adecuados para los encuentros con familiares
Informe del monitoreo programado de la Unidad de Detención Nº 16 de Neuquén capital (U16) cuya población es exclusivamente mujeres y, en algunos casos, mujeres con sus hijos menores de cuatro años durante el mes de mayo del 2025.
Las condiciones denunciadas en el informe de monitoreo de 2024 persisten al momento
de la presente inspección, sin modificaciones sustantivas. En algunos aspectos, incluso, se
han agravado.
En particular, se destaca la situación crítica de los departamentos 1 y 2 del sector madres.
Algunas recomendaciones:
• Realizar de manera urgente obras de refacción en los departamentos 1 y 2 del sector madres.
• Reacondicionar los baños del pabellón 6, garantizando el funcionamiento de
sanitarios, bachas y duchas con agua fría y caliente, y con separación que asegure la intimidad.
• Instalar dispositivos de seguridad contra incendios: matafuegos en funcionamiento,
mangueras, señalización de emergencia y planos de evacuación visibles.
• Reparar el sistema de calefacción que abastece a los departamentos de madres y la sala íntima.
• Revisar de manera integral el sistema de provisión de comidas: calidad, cantidad,
condiciones de conservación y transporte.
• Implementar un sistema de control nutricional para garantizar dietas adecuadas, especialmente en el caso de personas con requerimientos específicos por razones de salud.
• Diseñar y aplicar un menú infantil que contemple las necesidades de desarrollo de los
niños/as alojados/as con sus madres.
• Garantizar la presencia regular de profesionales de salud mental de la Unidad 11 en la Unidad 16, a fin de asegurar la continuidad de los tratamientos sin depender de traslados.
• Asegurar la disponibilidad y entrega oportuna de medicación psiquiátrica y general.
• Fortalecer el vínculo con centros de salud barriales para ampliar el acceso a atención psicológica y ginecológica.
• Implementar campañas sistemáticas de salud sexual y reproductiva en coordinación
con el Ministerio de Salud y la Subsecretaría de las Mujeres.
• Reanudar de manera inmediata las actividades educativas presenciales, garantizando
condiciones de seguridad para su desarrollo.
• Incorporar talleres de formación profesional acreditados y reactivar los procesos de
inscripción interrumpidos.
• Implementar programas de trabajo remunerado, conforme a lo dispuesto por la Ley N.º 24.660.
• Dar curso y apoyo institucional al proyecto de taller de costura
En conformidad con lo dispuesto en la Ley Provincial N.º 3213, en sus artículos 8.º y 9.º, y de acuerdo con lo resuelto en sesión plenaria N.º 4 del año 2025, el Comité para la Prevención de la Tortura y otros Tratos y/o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes llevó a cabo una inspección en la Unidad de Detención N.º 11 de la ciudad de Neuquén, entre los meses de mayo y junio de 2025.
El objetivo principal de esta inspección fue verificar si, luego del primer informe presentado en octubre de 2024 y en el marco de la emergencia carcelaria declarada, se habían producido modificaciones en las condiciones denunciadas oportunamente. Además de ello, se realizó un relevamiento general para evaluar las condiciones de alojamiento de las personas privadas de su libertad que habitan ese lugar.
En conformidad con lo dispuesto en la Ley Provincial N.º 3213, en sus artículos 8.º y 9.º, y de acuerdo con lo resuelto en sesión plenaria N.º 4 del año 2025, el Comité Provincial para la Prevención de la Tortura y otros Tratos y/o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes llevó a cabo una serie de inspecciones en diversas comisarías de la provincia del Neuquén, entre ellas las Comisarías 7 y 46 de la ciudad de Plottier, así como en las comisarías 5 de Centenario
y 1 de la ciudad de Neuquén.
Las inspecciones se llevaron a cabo durante la última semana de junio y la primera de julio de 2025, y consistieron en un relevamiento general sobre las condiciones actuales de alojamiento y detención
de las personas privadas de su libertad en cada una de las comisarías visitadas. El objetivo principal de este operativo fue constatar si, a partir del informe presentado por este Comité en septiembre de 2024, se habían producido modificaciones en las condiciones de habitabilidad entonces informadas.
El pasado domingo 20 de julio, el Comité Provincial para la Prevención de la Tortura del Neuquén tomó conocimiento de un operativo de desalojo efectuado frente a Casa de
Gobierno de la provincia de Neuquén, el cual incluyó el uso de la fuerza por parte de efectivos policiales y resultó en la detención de diversas personas (hombres, mujeres y niños),
la mayoría de ellos/as integrantes de comunidades mapuches Lof Kelv Kurá, Lof Fvta Xayen, Lof Newen Kurá y Lof Ragilew Cárdenas. Ante esta situación, comisionados del CPPT se
constituyeron en las dependencias policiales (comisarías 17° y 2°) donde se encontraban
alojadas las personas demoradas, con el objetivo de verificar las condiciones de detención y el estado de integridad física y psíquica de las mismas.
Informe del Monitoreo del Hogar Hue-Lihue realizado el 20 de agosto de 2025 a las 9.30 hs.
En el monitoreo se entrevistó a las autoridades y al personal del Hogar.
Informe del Monitoreo de la Comisaría de la Niñez y la Adolescencia realizado el 26 de septiembre de 2025
En el monitoreo se entrevistó a las autoridades y se inspeccionó el lugar.
Para la realización del presente monitoreo, se conformaron duplas de comisionados que se hicieron presentes en las unidades de detención de la ciudad de Neuquén, en horas de la mañana del
domingo 26 de octubre. En cada caso, se presentaron ante las jefaturas de las unidades y las
autoridades de mesa correspondientes. La labor se llevó a cabo mediante una metodología de
observación directa y consulta, dirigida tanto a las autoridades penitenciarias como a las
autoridades de mesa.
En conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.º y 9.º de la Ley Provincial N.º 3213 y de acuerdo con lo resuelto en la sesión plenaria N.º 12 del año 2025, el Comité Provincial para la Prevención de la Tortura y otros Tratos y/o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (en adelante, CPPT) llevó a cabo una inspección en la Comunidad Terapéutica “Hasta el último día”, ubicada en calle Espinosa N.º 1024, ciudad de Senillosa, provincia de Neuquén.